El sistema de precios de referencia, diseñado para regular el coste de los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS), impacta directa y significativamente en el sector farmacéutico. Este mecanismo, que establece un precio máximo de financiación para grupos de medicamentos con el mismo principio activo, busca optimizar el gasto público en medicamentos. Sin embargo, su aplicación plantea desafíos, especialmente para las farmacias comunitarias, que deben adaptarse a las continuas revisiones de precios y gestionar los ajustes necesarios en su actividad diaria. Este sistema influye en la rentabilidad de las farmacias, especialmente en aquellas situadas en áreas rurales o con menor volumen de dispensación, y pone de manifiesto la necesidad de equilibrar el control del gasto sanitario con la sostenibilidad del modelo farmacéutico.
El mes pasado, en concreto el 8 de octubre, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden del Ministerio de Sanidad por la que se procede a la actualización en 2024.
Con el objetivo tanto de exponer las novedades de la nueva Orden de Precios de Referencia 2024, así como su impacto para el sistema sanitario y la farmacia comunitaria, Jesús García Herrero, jefe de servicio de intervención de precios de medicamentos del Ministerio de Sanidad, e Iván Espada Ibáñez, responsable de área del medicamento de la dirección de servicios farmacéuticos del Consejo General de Colegios Farmacéuticos (CGCOF) han arrojado luz sobre ello y han presentado la aplicación práctica de la misma y sus claves desde la perspectiva de la gestión farmacéutica. Jorge Vázquez Valcuende, vocal nacional de farmacéuticos en la industria del CGCOF, ha sido el moderador de la sesión formativa “La nueva Orden de Precios de Referencia 2024: Impacto para el sector farmacéutico“.
El jefe de servicio de intervención de precios de medicamentos del Ministerio de Sanidad ha indicado que es necesario que se controle el gasto público y se reduzca el gasto farmacéutico. “Hay que tenerlo lo más acotado posible”, ha sostenido. El objetivo de esto, ha remarcado, es “lograr la sostenibilidad del sistema sanitario público”.
Profundizando en el gasto farmacéutico en receta, ha señalado que “hemos tomado la senda del crecimiento”. Ante esto, ha asegurado que “es lo normal”, dado que nos encontramos ante un aumento de la población y de su longevidad. “Al ser una población más envejecida también necesita más medicamentos”, ha afirmado. Además, ha hecho alusión al gasto farmacéutico en el ámbito hospitalario y ha comparado ambos. Sobre ello, ha mencionado que el gasto de receta, representado en verde, siempre ha sido superior al de hospital, representado en amarillo. Pese a ello, ha estimado que, de aquí a siete años, este gasto estará equilibrado. Se debe tener en cuenta que los fármacos de hospital son más caros.
A continuación, ha hecho referencia a la legislación y a los actos de aplicación vinculados a los precios de referencia. Así, ha recordado conceptos como que “todos los medicamentos financiados están sometidos al sistema de precios de referencia siempre que se prescriban y dispensen con cargos a fondos públicos”. Además, ha informado de que, para crear conjuntos de referencia hay que tener en cuenta la situación de cada fármacos.
Para ello, deben contar con una resolución de inclusión en la presentación y la comunicación para su comercialización efectiva -según el artículo 28 del RD 1345/2007, de 11 de octubre- teniendo en cuenta el siguiente calendario: fecha de comercialización efectiva, del 1 al 15 de cada mes, su efectividad será el 1 del mes anterior; fecha de comercialización efectiva, del 16 al 31 del mes, se producirá el día 1 del segundo mes posterior.
Para conformar un conjunto, García Herrero ha recalcado que éste debe estar formado al menos por dos o más presentaciones de medicamentos, además se han creado conjuntos independientes como el caso de la Rupatadina Oral Pediátrica (pediatría), la Ciclofosfamida Parental (ámbito hospitalario) o el Ciprofloxacino Oral Pediátrico (envase clínico). A su vez, ha confirmado que se pueden suprimir conjuntos cuando desaparezcan las causas que dieron origen al mismo. “Mantendrán como precio industrial máximo el precio industrial de referencia fijado en el momento de la supresión”, ha garantizado. “No se aplicaría deducción ninguna”, ha añadido. “Si se incrementa el PVL (procedimiento adminsitrativo de revisión de precios pasando por la CIPM) volverá a aplicarse la deducción”, ha indicado.
Siguiendo esta línea, ha afirmado que se debe tener en cuenta que el sistema de precios de referencia fija la cuantía máxima de financiación de los medicamentos incluido en cada uno de los conjuntos. Además, ha incidido en que hay excepciones al precio de referencia: el “umbral mínimo”, el precio de rederencia ponderado, la no revisión del precio de referencia o los medicamentos huérfanos. En lo que respecta al umbral mínimo, ha señalado que “se ha fijado un precio mínimo de referencia en 1,60 euros de PVLref”. “Si el precio baja por debajo de este precio es porque el laboratorio lo decide, no por esta orden”, ha alegado.
Para las presentaciones que su PVLcomercialización sea inferior a esta cantidad, su precio de referencia será su PVLcomercialización, ha informado. Además, para que tengan precios de referencia ponderado se deben producir una serie de condiciones: dosificaciones especiales de principio activo; utilidad en enfermedades graves; su precio se ha revisado en los últimos años y, además, falta de rentabilidad. De hecho, los precios de referencia no revisados se dan en circunstancias como que hayan tenido una constante bajada de precio, “que haya provocado que la comercialización de los mismos sea insostenible”; que se hayana adquirido vía medicamento extranjero o que estén en una situación de desabastecimiento de medicamentos esenciales, no sustituibles por ningún otro de los fármacos actualmente financiados por el SNS. En este sentido, ha explicado que se excluyen de esta Orden los medicamentos huérfanos durante su periodo de vigencia. “Una vez perdida la declaración de medicamentos huérfanos, se procede a su inclusión en el sistema de precios de referencia”, ha corroborado.
Cabe mencionar que la Orden tiene carácter anual y se iniciará con el nomenclátor del 1 de abril. García Herrero ha realizado un recorrido por los Anexos de la misma:
Además de por sus plazos de aplicación:
Así, ha confirmado que desde el 1 de diciembre, “las farmacias ya deben vender al nuevo precio”.
A continuación, Iván Espada Ibáñez, responsable de área del medicamento de la dirección de servicios farmacéuticos del CGCOF, ha dado las claves de cómo se valcula el precio de referencia de un conjunto:
Espada sacó a colación que, en el ámbito comunitario, 1244 presentaciones bajarán previsiblemente de precio.
En el ámbito hospitalario, 207 prescripciones bajarán previsiblemente de precio.
A continuación, ha esclarecido las dudas más habituales ligadas a los conjuntos de referencia y a las agrupaciones homogéneas: