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08/11/2022

LA EDAD DE JUBILACIÓN SE RETRASA A 66 AÑOS Y CUATRO MESES Y HABRÁ RECORTES DE HASTA EL 21% SI SE ADELANTA

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Las cotizaciones de 1,4 millones de trabajadores subirán en 2.000 euros al año a partir del próximo mes de enero


 

Bruselas espera impaciente la segunda fase de la reforma de pensiones con grandes ajustes en el gasto que deben servir de contrapeso a la primera parte de los cambios, basados en fuertes desembolsos, como la revalorización de las nóminas con el IPC. Las nuevas medidas de recorte deberán presentarse a las autoridades comunitarias en diciembre para entrar ya en vigor el 1 de enero. En esta fecha serán dos leyes las que vuelvan a convivir y a condicionar el retiro de los nuevos jubilados. Y, de nuevo, habrá que seguir trabajando más años para cobrar una pensión, en un ejercicio en el que empresas y trabajadores pagarán más cotizaciones, tal y como marca el nuevo mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) pactado entre Gobierno y sindicatos.

En 2023 comienzan a jubilarse las primeras generaciones del “baby boom” y ese ejercicio quienes quieran hacerlo con el 100% de la pensión que les pudiera corresponder deberán tener ya cumplidos los 66 años y cuatro meses. Desde 2019 la edad de retiro comenzó a incrementarse dos meses con el objetivo de alcanzar los 67 años en 2027.

¿Qué ventajas tiene para el sistema público retrasar la edad de jubilación? Por un lado, permite disponer de más población activa que financie las pensiones. Por otro, retrasa el cobro de la jubilación. Es decir, si un trabajador sigue activo hasta los 66 años y cuatro meses que se requieren el próximo ejercicio será un año y cuatro meses más que aporta a la caja común que si el retiro hubiera sido con los 65 años que se exigían en 2012.

El retraso del retiro, que se aprueba con carácter general, tiene sus excepciones. Aquellos que acumulan una larga vida laboral podrán retirarse con su pensión íntegra a los 65 años siempre y cuando tengan cotizados más de 37 años y nueve meses. Cada ejercicio crece ese periodo en dos meses hasta llegar a 2027, cuando quien desee contar con una cotización de, al menos, 38 años y seis meses.

 

Castigo al retiro anticipado

Con el nuevo año también llegan modificaciones en la jubilación anticipada. La norma retrasa hasta los 64 y cuatro meses la edad para acceder al retiro anticipado voluntario, en paralelo a la legal por realizarse dos años antes también hasta 2027, cuando quedará establecida en el mínimo de 65 años.

En caso de jubilación por despido podrá realizarse hasta cuatro años antes de la edad legal de retiro, lo que la sitúa en 62 años y cuatro meses en 2023. Los coeficientes en este caso oscilarán desde el 0,50% de reducción por un mes de adelanto si se tienen cotizados 44 años y seis meses o más, hasta el 30% de reducción que se aplicará por adelantar la jubilación cuatro años (48 meses) si el periodo de cotización acumulado es inferior a 38 años y seis meses.

La reforma que comenzó a rodar el pasado enero tenía un claro objetivo: acercar la edad legal a la real. Y para lograrlo esa norma incluye un nuevo esquema de coeficientes penalizadores para las jubilaciones anticipadas voluntarias. Este nuevo diseño incluye dos novedades: la primera es que los recortes pasan a aplicarse por cada mes de adelanto de la jubilación, en lugar de cada trimestre; y ahora son graduales en el tiempo, de forma que el retiro 20 meses antes de la edad de jubilación que corresponda a cada uno tiene un coeficiente penalizador mayor que si esa fecha se va acercando mes a mes al retiro legal ordinario.

Así, por ejemplo, un trabajador que hubiera cotizado menos de 38 años y seis meses y se quiera jubilar anticipadamente de manera voluntaria justo dos años antes de la edad ordinaria que le correspondería, esos 24 meses de adelanto le reportan ahora un coeficiente penalizador del 21%, esto es, se le recorta la pensión a la que tuviera derecho en ese porcentaje. En cambio, si ese mismo trabajador espera a jubilarse un mes más (23 meses de adelanto) ese recorte pasa a ser del 17,60%; y si la espera es de dos meses (22 meses antes de su edad legal de jubilación), la penalización de su prestación sería del 14,67%; si son tres meses, del 12,57% y así sucesivamente hasta que, por ejemplo, si el retiro se produce solo un año antes (12 meses previos a su edad de jubilación) se le penaliza con un recorte de la pensión del 5,5%.

Adelantar el retiro será castigado, pero retrasarlo tendrá premio. Los trabajadores que decidan posponer su acceso a la jubilación más allá de la edad legal serán compensados con hasta 12.000 euros anuales por cada año de retardo para los que hayan cotizado más de 44,5 años.

Las nuevas reglas para la jubilación llegan en un año en el que la nómina de los casi diez millones de pensionistas suba un 8,5%, aunque habrá que esperar para ajustar el alza a la inflación media en diciembre para aplicar la subida exacta a los jubilados. Ese primer mes del año también comenzarán a aplicarse las medidas de ajuste que presente a Bruselas el ministro José Luis Escrivá.

La Seguridad Social trabaja a contra reloj en esos cambios de los que poco se conoce, salvo que habrá un destope de las bases máximas de forma progresiva a lo largo de 20 o 30 años. Lo que sí está claro es que en 2023 empresas y trabajadores pagarán más a la Seguridad Social tras un aumento de la base máxima de cotización del 8,6%. A este incremento se sumará la aplicación del MEI, que lleva asociada un alza del 0,6% en la cuota para todas las nóminas con independencia del nivel salarial.

Tras el recargo, la base máxima de cotización se situará en casi 54.000 euros en 2023, es decir, 4.495,5 euros al mes (356,1 euros mensuales más que la base actual). Según el tipo de cotización, que se mantendría inalterado, cada nómina que supere los 50.000 euros anuales brutos verá incrementada sus cuotas hasta llegar a casi 2.000 euros más al año a partir de ingresos de 54.000 (sumando la subida de la base del 8,6% y el 0,6% del MEI, el extra de la cotización para las pensiones de los “boomers”). De esta cuantía que pagarán de más a la Seguridad Social los 1,4 millones de trabajadores que ganan más de 50.000 euros anuales, 1.615,8 euros los abonará el empresario mientras el trabajador soportaría 353 euros al año por ambas subidas de la cotización.

 

Bruselas desconfía

Estas cuentas deben ser presentadas en diciembre ante la Comisión junto a las medidas que permitan aligerar el déficit de las pensiones y una deuda que ya asciende a 100.000 millones de euros. De momento la música de las modificaciones no convence a Bruselas, en especial la renuncia de Escrivá a ampliar los años que se tienen en cuenta para el cálculo de la pensión de 25 a 35 años (de momento se mantienen los 25). Tampoco gustan a los técnicos comunitarios el mecanismo que ha sustituido al factor de sostenibilidad, lo que ha obligado al Gobierno a modificarlo.

 

 

Fuente: ABC

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