Este miércoles 6 de abril arranca la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio económico de 2021, y lo hace cargada de novedades fiscales. A partir de hoy, los contribuyentes podrán confeccionar el borrador y presentar la declaración por Internet en el portal 'Renta 2021' o mediante la aplicación móvil de la Agencia Tributaria.
Como especifica el organismo público, el plazo para la presentación de las declaraciones se prolongará hasta el próximo jueves 30 de junio, aunque la fecha límite para la entrega de las declaraciones con resultados a ingresar y cuyo pago se efectúe con domiciliación bancaria será el lunes 27 de junio.
El 3 de mayo se abre el plazo para poder solicitar cita previa para la confección y presentación de la declaración por vía telefónica, que se podrá realizar desde el 5 de mayo con la ayuda de los agentes de la Agencia Tributaria.
Asimismo, el periodo para presentar la declaración presencialmente en las oficinas de la institución pública arrancará el próximo 1 de junio, pero para ello habrá que solicitar cita previamente en la Administración, cuyo servicio estará disponible desde el 26 de mayo hasta el 29 de junio. Las vías para poder solicitar cita previa, tanto para la gestión telefónica como presencial, son las siguientes:
Una de las principales novedades de cara a esta campaña es la modificación de la escala general de gravamen de la base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) introducida en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2021, por la que se incorporan nuevos tramos.
De esta manera, se introduce un nuevo tipo de gravamen para las rentas de trabajo superiores a 300.000 euros, por lo que pasan a ser seis en lugar de cinco los tramos en este impuesto.
En este sentido, la subida será de dos puntos porcentuales para las rentas superiores a dicha cantidad. Por tanto, los tramos del IRPF para las rentas del trabajo quedarían de la siguiente manera:
Por otra parte, en los Presupuestos Generales del Estado también se ha modificado la escala de gravamen de la base liquidable del ahorro. Como detallan desde el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), se ha introducido, tanto en la escala estatal como autonómica, un nuevo tramo a partir de los 200.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 13%. Así, el tipo llega hasta el 26%.
Asimismo, se produce un incremento en el Impuesto sobre el Patrimonio del 1% para patrimonios superiores a 10 millones de euros, por lo que pasa del 2,5% a un tipo del 3,5%.
Otra de las novedades para la declaración del ejercicio económico de 2021 está relacionada con los planes de pensiones. El tratamiento fiscal siempre ha sido una de las ventajas de escoger los planes de pensiones privados, "pues la normativa permite reducir de la base imponible del IRPF las aportaciones realizadas a sistemas de previsión social", indican desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
"Se reduce de 8.000 a 2.000 euros anuales el límite general de reducción aplicable en la base imponible por las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, si bien se prevé que el nuevo límite pueda incrementarse en 8.000 euros más para las contribuciones empresariales", detallan en Gestha.
Este cambio se debe a la apuesta por "incentivar las contribuciones empresariales en lugar de las individuales realizadas por el contribuyente". Además, se reduce "de 2.500 a 1.000 euros anuales el límite máximo aplicable por aportaciones a sistemas de previsión social de los que sea partícipe, mutualista o titular, el cónyuge del contribuyente", añaden los técnicos de Hacienda.
Para los seguros privados de dependencia, "la aportación con derecho a ventaja pasó de 8.000 a 2.000 euros, sumando las aportaciones de todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las de este", añaden desde la OCU.
La declaración de la Renta que se presentará este año incluirá una casilla especial destinada a la tributación de las criptomonedas. Uno de los objetivos del Ministerio de Hacienda es establecer un control más exhaustivo sobre las inversiones y transacciones con estas monedas digitales para hacer frente al fraude fiscal.
En este sentido, la Agencia Tributaria obliga a los contribuyentes a declarar las inversiones realizadas con criptomonedas cuando los ingresos obtenidos superen los 1.000 euros, tanto en España como en el extranjero. Así, este año se ha implementado la casilla 46 para rellenar la información relacionada con las monedas digitales, que recibe el nombre de 'Saldos en monedas virtuales'.
Este año están exentas las rentas obtenidas por las ayudas económicas excepcionales causadas por la borrasca Filomena, que tuvo lugar en enero de 2021, y aquellas otorgadas por los daños ocasionados por la erupción del volcán en la isla de La Palma.
"Como consecuencia de la erupción del volcán de Cumbre Vieja en la isla de La Palma, también se modifica la Ley del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2021, para incluir entre las causas de las exenciones de las ayudas públicas para reparar la destrucción de elementos patrimoniales causados por incendio, inundación, hundimiento, erupción volcánica u otras causas naturales", explican los especialistas de Gestha.
Otra novedad es que se introducen nuevas deducciones en la Renta de este año por la rehabilitación energética en edificios. En este sentido, "las obras tienen que haber sido realizadas a partir del 6 de octubre de 2021", explican los portavoces expertos en materia tributaria de CE Consulting.
Será necesario que las obras para la mejora de la eficiencia energética estén acreditadas por técnicos competentes y las deducciones, como recoge Gestha, son las siguientes:
Uno de los cambios es que se reduce en el ejercicio económico de 2021 "de seis a tres meses el plazo para que las cantidades adeudadas por los arrendatarios tengan la consideración de saldo de dudoso cobro y puedan deducirse de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario", subrayan los técnicos de Hacienda.
Asimismo, aquellos arrendadores que no sean considerados como grandes tenedores que tengan arrendado un local a profesionales o empresarios y que hayan acordado de manera voluntaria una reducción de las mensualidades del alquiler de enero, febrero y marzo de 2021, "pueden computar como gasto deducible la cuantía de la rebaja", añaden.
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital tendrán que presentar la declaración anual del IRPF, independientemente de la cuantía de los ingresos percibidos, aunque el IMV en sí mismo "es una renta exenta y la gran mayoría de los beneficiarios no tendrán que incluirlo en su declaración, pero sí presentar declaración", explica la Agencia Tributaria.
Los técnicos de Hacienda detallan que esta prestación, junto con las rentas mínimas de inserción y otras ayudas económicas destinadas a colectivos en riesgo de exclusión social, está exenta. "El límite máximo anual conjunto de 1,5 veces el IPREM, siendo este límite en 2021 de 11.862,90 euros". En este sentido, las personas que perciban esta ayuda y los miembros de la unidad de convivencia "están obligados a presentar la declaración", aunque estas rentas no están sujetas a retención.
Fuente: 20 Minutos