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05/07/2024

ABIERTO A AUDIENCIA PÚBLICA EL PROYECTO DE RD DE FINANCIACIÓN PARA LOS PRODUCTOS SANITARIOS

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El texto llevaba paralizado desde que se sometiera a audiencia e información pública en el año 2018


 

El Ministerio de Sanidad ha abierto a audiencia pública el proyecto de real decreto de Financiación para los Productos Sanitarios que vayan a ser incluidos en la prestación farmacéutica del SNS para pacientes no hospitalizados. El texto se encontraba congelado desde el año 2018, momento en el que también salió a audiencia pública. 

El real decreto tiene la finalidad de regular la financiación por el SNS, además de fijar los precios de los productos sanitarios que se vayan a incluir en la prestación farmacéutica para pacientes que no se encuentren hospitalizados. También se pretende regular la adquisición, selección, suministro y dispensación de estos artículos, que no solo son medicamentos, sino que también incluyen otros productos sanitarios como los aparatos de inhalación o las vendas.

Otra de las funciones que se llevaría a cabo, de aprobarse en el Consejo de Ministros, es regular la inclusión, alteración o, en su caso, exclusión de la prestación farmacéutica de estos productos sanitarios. Por último, se pretende determinar los márgenes referentes a la distribución y la dispensación de los productos sanitarios.

 

Márgenes de los productos sanitarios

En los productos sanitarios que se dispensen por medio de recetas que no cuesten más de 59 euros, se fija el margen en el 6 por ciento del precio de venta en cuanto a distribución y en el 21 por ciento para venta al público. 

Si son más de 59 euros, el margen será de 3,77 euros por envase en cuanto a distribución y de 16,77 euros por envase para venta al público.

 

Cambios en el texto 

El proyecto de real decreto de 2024 no tiene grandes diferencias con el texto propuesto en el año 2018, pero hay algunos matices en cuanto a la revisión de precios y de condiciones. La primera propuesta recoge la necesidad de establecer unos procedimientos para revisar periódicamente los precios industriales y las condiciones de financiación.  Además de esto, se establecen acuerdos de sostenibilidad y otras metodologías para garantizar el uso correcto del producto sanitario. 

En el nuevo documento se detallan esos procesos de revisión mencionados y cuáles son los criterios para excluir productos sanitarios del sistema. 

Con respecto al impacto presupuestario y la competencia, en el borrador inicial no se contemplaba un impacto presupuestario ni que se pudiera dar algún efecto sobre la competencia debido al establecimiento de unos márgenes comerciales. En la versión de 2024 se enfatiza en que no habrá variaciones en los precios finales de los productos ni en la facturación, asegurando así la estabilidad económica y jurídica del sector.

 

Puntos que se mantienen

Se establecen de igual forma los procedimientos de inclusión y exclusión de productos de manera pormenorizada en ambos documentos. En la versión de 2018 se regula en los artículos 18 y 19, mientras que en la de 2024 se hace desde el artículo 11 al 13. 

Otro de los puntos que no han tenido modificaciones es el que se refiere a los cupones precinto, pues en los dos documentos se especifican las características y medidas de seguridad de estos y se especifican detalles sobre la microimpresión y las leyendas visibles bajo luz ultravioleta. 

Para que se ratifique el proyecto de decreto ley debe ser aprobado por el resto de ministerios, por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y, además, por las mutualidades de funcionarios: Isfas, Muface y Mugeju. 

El periodo de alegaciones está abierto hasta el 24 de julio de 2024. El correo electrónico donde hay que enviarlas es informacion_publica@sanidad.gob.es

 

 

Fuente: El Global 

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