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30/11/2022

EL CONSEJO DE MINISTROS APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LAS AYUDAS PARA LAS FARMACIAS VEC

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Sanidad incrementa un 17,5% las ayudas a la farmacia rural a través de la modificación del RD 823/2008


 

El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto 823/2008 por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso humano, actualizando al alza las compensaciones que reciben las farmacias en situación de viabilidad económica comprometida; las conocidas como farmacias VEC.

Así, a través de esta modificación, se beneficiarán del incremento del 17,5 por ciento correspondiente a la aplicación del índice corrector de los márgenes, aquellas oficinas de farmacia que presten servicio a núcleos de población con un máximo de 1.500 habitantes censados, o bien en otros núcleos en los que la autoridad competente delimite y designe como de riesgo para disponer de la adecuada cobertura o acceso a la prestación farmacéutica.

Con ello, se pretende garantizar la prestación farmacéutica en el medio rural con riesgo de despoblación, “logrando que esta prestación siga siendo accesible a toda la ciudadanía en todo el territorio nacional”. La modificación del RD se aplicará a partir del 1 de enero de 2023.

Este RD, tal y como explica el Ministerio de Sanidad a través de un comunicado, es una medida alineada con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en concreto de la reforma 5 del componente 18, denominada “Reforma de la regulación de medicamentos y productos sanitarios y mejora del acceso a medicamentos” y está en línea con el Plan ante el Reto Demográfico.

 

Requisitos para las boticas

Entre los requisitos para poder acceder a las ayudas, se encuentra el hecho de que las ventas anuales de las farmacias no deben superar los 235.000 euros en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior. Así, de los actuales 833,33 euros máximos que puede recibir una farmacia VEC al mes se pasaría, en adelante, a 979,16 euros. Asimismo, la oficina de farmacia deberá haber prestado sus servicios durante los 12 meses del año natural anterior.

Por otro lado, las oficinas de farmacia no deben haber sido objeto de sanción administrativa en el año anterior ni estar excluidas de su concertación. Además, sus titulares no pueden estar inhabilitados profesionalmente, así como que participen en los programas de atención farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos.

En España, actualmente algo más del 3 por ciento del total de oficias de farmacia (713) están afectadas por el índice corrector. Del total de las oficinas potencialmente beneficiarias por la aplicación del índice corrector, el 80,22 por ciento (574) se encuentran en municipios de menos de 1.500 habitantes. En cifras, esto afectará a cerca de 140 establecimientos, que quedarán excluidos de las ayudas aunque mantengan su situación de inviabilidad, como ya contó EG cuando se publicó el borrador de la actualización del RD.

 

 

Fuente: El Global 

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